El Instituto de Salud Pública de Chile tiene definida por ley la función de laboratorio nacional y de referencia en los campos de la microbiología, inmunología, bromatología, farmacología, imagenología, radioterapia, bancos de sangre, laboratorio clínico, contaminación ambiental y salud ocupacional, ello de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del artículo 57° del D.F.L. Nº1/2006 del Ministerio de Salud.
Que, en ese contexto, es la propia ley la que se encarga de autorizar y ordenar a este servicio su funcionamiento como laboratorio nacional y de referencia en las materias que el mismo texto señala taxativamente, prescindiendo, por tanto, de la obligación de requerir autorización sanitaria para funcionar.
Autorizacion Sanitaria de Laboratorios Laboratorio de Referencia Nacional