Se puede solicitar a través del artículo 99° del Código Sanitario y el artículo 21° del D.S. N°3/10. Los requisitos son: Certificado de producto farmacéutico o certificado de libre venta de la autoridad sanitaria del país de procedencia o de fabricación, liberación de lote del país de origen o procedencia (certificado de análisis). Esto se concreta con una carta dirigida a la Jefatura de la Agencia Nacional de Medicamentos del ISP (ANAMED) y adjuntando la documentación solicitada. El arancel lo puede ver a través de nuestra página web o consultando en la Oficina de Gestión de trámites. (Última actualización 12.03.2021)

Importacion de Productos para uso comercial y drogas huerfanas Comex