En el caso de una consulta privada, si el investigador principal es el Director del centro, se puede tener a otra persona como parte de una sociedad comercial, que actúe como Director del centro. Otra solución es que el investigador principal que a la vez es Director del centro, firme en su calidad de ministro de fe y que un sub-investigador debidamente delegado para ello, firme como la persona que explica el consentimiento, de acuerdo al punto 9.5 e) de la Resolución Exenta N° 5174 del 30 de diciembre de 2016, denominada: Actualiza Guía de Inspección de Estudios Clínicos Farmacológicos del Instituto de Salud Pública de Chile. Esta resolución se encuentra en el siguiente enlace: https://www.ispch.cl/normativa-anamed/, link Ensayos Clínicos. (Última actualización 11-03-2021)
Estudios Clinicos