Sí. El año 2010 emana el Decreto Exento N°6 que dispone la vacunación obligatoria de la población del país contra las siguientes enfermedades inmunoprevenibles: tuberculosis, poliomielitis, tos convulsiva, difteria, tétanos, enfermedades infecciosas por H. influenzae tipo b, sarampión, rubéola, paperas, hepatitis B, enfermedades invasoras por S. pneumoniae, influenza y rabia humana (7). Posteriormente se realizaron modificaciones, a través del decreto exento N°1201, al decreto exento N°6, agregando la vacunación contra la enfermedad meningocócica y contra la infección por virus papiloma humano (8).

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